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    <title>Ecos Diarios</title>
    <subtitle>Entrevistas exclusivas para informarse minuto a minuto de lo que acontece en Necochea.</subtitle>
    <updated>2026-09-22T19:48:16+00:00</updated>
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            La Libertad Avanza presentó un pedido de juicio político contra la jueza que suspendió la Ley Penal Juvenil
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Ttwe5rzfZbijbTISpRnRoaSyg3M=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://ecosdiarioscdn.eleco.com.ar/media/2026/09/la_jueza_pascual.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Libertad Avanza presentó formalmente el pedido de enjuiciamiento contra Marta Elba Pascual, titular del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil N° 2 de Lomas de Zamora. La magistrada había suspendido en todo el territorio bonaerense la aplicación de la Ley nacional 27.801.</p><p>La presentación fue realizada por Alejandro Carrancio, diputado nacional y vicepresidente de LLA PBA. El escrito sostiene que la magistrada excedió los límites de su función al dejar sin efecto una norma sancionada por el Congreso y, al dictar una medida con alcance general, avanzó sobre una competencia propia del poder legislativo.</p><p>La jueza Pascual había dispuesto la suspensión de la ley por 60 días a través de una medida cautelar, tras un pedido de la ONG católica Federación Familia Grande Hogar de Cristo, vinculada al padre José María “Pepe” Di Paola. No obstante, los jueces Miguel Navascués y Miguel Alberdi, de la Cámara de Lomas de Zamora, revocaron posteriormente dicho fallo.</p><p>Para LLA PBA, el episodio excede la discusión jurídica puntual y pone en cuestión un principio básico del sistema republicano: los jueces deben aplicar y controlar las leyes dentro de sus competencias, no sustituir al Congreso ni bloquear de manera general una decisión legislativa nacional.</p><p>El pedido de Carrancio solicita que la jueza sea suspendida en sus funciones de modo preventivo mientras se sustancia el juicio político. La decisión final recae en la Corte Suprema de Justicia de la provincia, aunque previamente la secretaría permanente de juicio político deberá determinar la admisibilidad de la denuncia.</p><p>Por otra parte, la Ley Penal Juvenil, sancionada en febrero, continúa sin vigencia debido a que el lunes la jueza porteña Laura Beatriz De Marinis, del Juzgado en lo Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas Nro. 3, la declaró inconstitucional. Esta decisión ya fue apelada y podría motivar un pedido de juicio político por parte de Jorge Macri, jefe de Gobierno de la CABA.</p><p>Cabe recordar que la nueva ley reduce la edad de punibilidad de 16 a 14 años, limita a 15 años la pena máxima de prisión efectiva, reduce las escalas penales y prioriza las alternativas a la cárcel. La jueza Pascual, quien manifestó estar de acuerdo con la baja de la edad de punibilidad, argumentó en su momento que el sistema institucional no está preparado en la provincia para su aplicación.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Ttwe5rzfZbijbTISpRnRoaSyg3M=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://ecosdiarioscdn.eleco.com.ar/media/2026/09/la_jueza_pascual.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El diputado nacional Alejandro Carrancio impulsó la medida contra la magistrada Marta Elba Pascual, tras la suspensión de la normativa nacional en la provincia de Buenos Aires.]]>
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                                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                                <updated>2026-09-22T19:48:16+00:00</updated>
                <published>2026-09-22T19:47:12+00:00</published>
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            Una jueza declaró inconstitucional el nuevo Régimen Penal Juvenil y sobreseyó a un adolescente de 14 años
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Jr22ETs6FmP9xxB_lh3XBDLlnjQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://ecosdiarioscdn.eleco.com.ar/media/2026/09/regimen_penal_juvenil_1.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>Una jueza de la Ciudad de Buenos Aires declaró la inconstitucionalidad del artículo 1° del nuevo Régimen Penal Juvenil y sobreseyó a un adolescente de 14 años que estaba acusado de participar en un intento de robo. La decisión fue adoptada por Laura De Marinis, titular del Juzgado de Primera Instancia Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas N° 3 porteño.</p><p>El hecho investigado ocurrió el 10 de septiembre, cuando un grupo de adolescentes habría intentado robarle el teléfono celular a un hombre. Los jóvenes fueron interceptados por efectivos policiales luego de que la víctima escapara y pidiera auxilio. La Fiscalía calificó el episodio como robo simple en grado de tentativa.</p><p>El adolescente de 14 años fue el único de los cuatro involucrados que quedó sobreseído a partir del planteo de inconstitucionalidad. La nueva Ley 27.801, vigente desde el 5 de septiembre, establece un régimen penal específico para adolescentes desde los 14 hasta los 18 años.</p>Los argumentos de la jueza<p>En su resolución, De Marinis consideró que aplicar el nuevo régimen al adolescente implicaba una medida regresiva respecto del sistema de protección integral de derechos que regía anteriormente para quienes tenían menos de 16 años.</p><p>La magistrada fundamentó su decisión en el principio de no regresividad en materia de derechos humanos y citó recomendaciones del Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas que instaron a los Estados a no reducir la edad mínima de responsabilidad penal.</p><p>La jueza sostuvo que la respuesta penal debe ser utilizada como último recurso y planteó que, frente a determinadas situaciones de vulnerabilidad, el Estado debe intervenir mediante políticas de protección social.</p><p>“No pretendo con estas líneas romantizar la infracción penal juvenil”, señaló De Marinis en el fallo, al remarcar que la discusión pasa por determinar cuál debe ser la respuesta estatal frente a una infracción cometida por un adolescente.</p>Un fallo para este caso concreto<p>La resolución no implica la suspensión general del nuevo Régimen Penal Juvenil. A diferencia de una medida que deje sin efecto la aplicación de la normativa en todo un territorio, la decisión de De Marinis se circunscribe al caso analizado y declaró inconstitucional el artículo 1° respecto del adolescente involucrado.</p><p>La jueza también tuvo en cuenta las condiciones socioeconómicas y familiares del adolescente. Según los informes incorporados a la causa, el joven atravesaba una situación de vulnerabilidad, había interrumpido sus estudios y manifestó su intención de retomarlos y realizar actividades deportivas.</p><p>En lugar de continuar con la persecución penal, la magistrada ordenó dar intervención al Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de la Ciudad para que se implemente un abordaje orientado a la situación familiar, educativa y social del adolescente.</p>El nuevo Régimen Penal Juvenil<p>La Ley 27.801 modificó el esquema de responsabilidad penal adolescente y estableció que las personas de entre 14 y 18 años pueden quedar comprendidas por un régimen penal específico cuando sean imputadas por delitos previstos en el Código Penal o en leyes penales especiales.</p><p>La norma busca establecer un sistema diferenciado del régimen penal de adultos, con medidas orientadas a la responsabilidad por los hechos, la educación, la resocialización y la integración social.</p><p>El fallo de De Marinis se suma a otros cuestionamientos judiciales que surgieron desde la entrada en vigencia de la nueva normativa y vuelve a poner en discusión el alcance de la baja de la edad de responsabilidad penal en Argentina.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/Jr22ETs6FmP9xxB_lh3XBDLlnjQ=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://ecosdiarioscdn.eleco.com.ar/media/2026/09/regimen_penal_juvenil_1.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La magistrada Laura De Marinis cuestionó la aplicación de la nueva normativa en un caso de tentativa de robo y sostuvo que la incorporación de adolescentes al sistema penal debe ser el último recurso.]]>
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                                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                                <updated>2026-09-22T12:29:19+00:00</updated>
                <published>2026-09-22T12:28:59+00:00</published>
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            Adorni presentó su descargo por el patrimonio: aseguró que sus fondos provienen de bitcoins
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/EnPu98ivZw0nwF9xIDJ8f1NDt0A=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://ecosdiarioscdn.eleco.com.ar/media/2026/06/el_jefe_de_gabinete_manuel_adorni.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>El exjefe de Gabinete Manuel Adorni presentó este lunes ante la Justicia federal un escrito de 77 páginas para responder a las observaciones realizadas por el fiscal Gerardo Pollicita en la causa en la que se investiga la evolución de su patrimonio.</p><p>La presentación fue realizada antes del vencimiento del plazo otorgado por la Justicia y contiene respuestas a los 20 puntos que la Fiscalía había solicitado aclarar. Según la defensa, la documentación presentada permite justificar la evolución patrimonial registrada entre diciembre de 2023 y junio de 2026.</p>La explicación sobre los bitcoins<p>Uno de los principales puntos del descargo está relacionado con el origen de los dólares y otros fondos que aparecen en el análisis patrimonial.</p><p>Según explicó Adorni en su presentación, una parte importante de esos recursos provenía de ahorros en bitcoins adquiridos entre 2014 y 2018, es decir, antes de su ingreso a la función pública. La defensa sostuvo que posteriormente esos activos fueron vendidos y que el dinero obtenido permitió afrontar distintos gastos.</p>Las dudas planteadas por la Fiscalía<p>El requerimiento fiscal había señalado diferencias entre los ingresos y los gastos del grupo familiar. De acuerdo con el análisis presentado por la Fiscalía, durante el período investigado Adorni y su pareja registraron ingresos por unos $229,7 millones, mientras que los gastos alcanzaron aproximadamente los $272,8 millones, con una diferencia de más de $43 millones que debía ser explicada.</p><p>Además, la Fiscalía había identificado alrededor de US$402.578 vinculados con inmuebles, refacciones y mobiliario cuyo origen debía ser aclarado dentro de la investigación.</p>La casa de Indio Cuá<p>Otro de los puntos abordados está relacionado con una propiedad adquirida en el country Indio Cuá.</p><p>La defensa explicó que la compra, por unos US$120.000, se habría realizado mediante un préstamo hipotecario de US$100.000 y otros US$20.000 en efectivo.</p><p>También cuestionó el monto atribuido a las refacciones de la vivienda. Mientras el contratista Matías Tabar había declarado un costo de aproximadamente US$245.000, la defensa de Adorni sostuvo que el desembolso efectivamente realizado fue de unos US$175.000, provenientes de una cuenta bancaria y de ahorros.</p>Qué sigue ahora en la causa<p>La presentación de Adorni no implica una resolución sobre la investigación. Ahora será la Fiscalía la que deberá analizar las explicaciones y la documentación aportada y determinar si considera aclarados los puntos cuestionados.</p><p>La causa investiga un presunto enriquecimiento ilícito, y la etapa de justificación patrimonial es previa a una eventual indagatoria. Si el fiscal considera que las respuestas no resultan suficientes, podría solicitar al juez federal Ariel Lijo que avance con esa instancia.</p><p>Por el momento, la Justicia no emitió una resolución sobre el contenido del descargo. La documentación presentada deberá ser contrastada con las declaraciones juradas, informes contables y demás elementos incorporados al expediente.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/EnPu98ivZw0nwF9xIDJ8f1NDt0A=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://ecosdiarioscdn.eleco.com.ar/media/2026/06/el_jefe_de_gabinete_manuel_adorni.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El exjefe de Gabinete entregó un escrito de 77 páginas en el marco de la causa por presunto enriquecimiento ilícito. Respondió los 20 puntos planteados por el fiscal Gerardo Pollicita y explicó el origen de los fondos utilizados para distintas operaciones.]]>
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                                <updated>2026-09-21T15:17:45+00:00</updated>
                <published>2026-09-21T15:13:55+00:00</published>
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            La Cámara revocó el freno a la Ley de Imputabilidad: un juez no puede suspender una norma nacional
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/VUcdYzANjZ9fFICOYooIgIraw2g=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://ecosdiarioscdn.eleco.com.ar/media/2026/09/marta_pascual_jueza.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Sala I de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Lomas de Zamora revocó este martes la medida cautelar que había suspendido por 60 días la aplicación de la Ley Nacional 27.801 en la provincia de Buenos Aires. La resolución consideró que un juez no tiene facultades para dejar sin efecto, de manera general, una ley sancionada por el Congreso Nacional mediante una medida cautelar.</p><p>La decisión deja sin efecto el fallo dictado el pasado 7 de septiembre por la jueza Marta Pascual, titular del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil N° 2, quien había hecho lugar parcialmente a un hábeas corpus preventivo y colectivo presentado por la Asociación Civil "No Seas Pavote", integrante de la Federación Familia Grande Hogar de Cristo.</p><p>En aquella resolución, la magistrada había sostenido que la nueva legislación ampliaba el universo de adolescentes alcanzados por el sistema penal —incorporando a jóvenes de 14 y 15 años y modificando el régimen vigente— sin que existieran condiciones materiales, institucionales y profesionales suficientes para garantizar el respeto de sus derechos en los centros de detención bonaerenses. También advirtió sobre problemas de infraestructura, hacinamiento, acceso al agua potable, alimentación, educación y formación profesional.</p><p>Sin embargo, la Cámara entendió que esa cautelar implicaba suspender la vigencia de una ley nacional en todo el territorio provincial sobre la base de una eventual afectación futura y no de un caso concreto. Los jueces remarcaron que las leyes sancionadas por el Congreso gozan de presunción de legitimidad y que sólo pueden dejar de aplicarse mediante una declaración de inconstitucionalidad en un caso específico, nunca a través de una suspensión general y preventiva.</p><p>En su resolución, el tribunal recordó además jurisprudencia de la Corte Suprema y sostuvo que permitir que un juez suspenda la vigencia de una ley para todos los casos implicaría alterar el principio de división de poderes y el sistema argentino de control de constitucionalidad. Incluso citó el precedente "Thomas", relacionado con la denominada Ley de Medios, donde el máximo tribunal había rechazado una medida cautelar de similares características.</p><p>No obstante, los camaristas aclararon que la decisión no desconoce la situación de los adolescentes actualmente privados de la libertad en la provincia. En ese sentido, afirmaron que, si se produjera un agravamiento concreto de sus condiciones de detención, cada juez competente podrá adoptar las medidas urgentes necesarias para proteger sus derechos, al tiempo que exhortaron al Estado provincial a garantizar los recursos y estándares exigidos por la Constitución y los tratados internacionales.</p><p>Además de revocar la cautelar, la Cámara ordenó que la jueza de primera instancia revise de manera urgente si es competente para seguir interviniendo en el hábeas corpus colectivo.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/VUcdYzANjZ9fFICOYooIgIraw2g=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://ecosdiarioscdn.eleco.com.ar/media/2026/09/marta_pascual_jueza.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La Cámara dejó sin efecto la cautelar que había suspendido por 60 días la aplicación de la Ley 27.801 en Buenos Aires y sostuvo que esa decisión excedía las facultades judiciales.]]>
                </summary>
                                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                                <updated>2026-09-16T01:20:02+00:00</updated>
                <published>2026-09-16T01:09:31+00:00</published>
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            Sueños Compartidos: la Justicia absolvió a De Vido y condenó a López y a los Schoklender
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/uiJQ9xjpP289tDlZLxOrZla2zOs=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://ecosdiarioscdn.eleco.com.ar/media/2026/09/lopez_de_vido.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Tribunal Oral Criminal (TOC) N°5 absolvió hoy al ex ministro de Planificación Federal Julio de Vido en la causa Sueños Compartidos, y condenó a los ex funcionarios kirchneristas José López y Abel Fatala y a los hermanos Sergio y Pablo Schoklender a penas de menos de tres años por el desvío de fondos públicos.&nbsp;</p><p>También fueron absueltos Carlos Castellano, ex funcionario del Ministerio de Planificación; Daniel Freidin, ex asesor de Fatala; y Daniel Nasif y Karina Nasif, ex funcionarios provinciales de Santiago del Estero.</p><p>El veredicto fue dictado por los jueces Adriana Palliotti, Daniel Obligado y Adrián Grünberg en los tribunales de Comodoro Py 2002, un día antes de que prescribiera la acción penal según el plazo considerado por la Fiscalía.</p><p>López, exsecretario de Obras Públicas, y Fatala, ex subsecretario de Obras Públicas, fueron sentenciados a 2 años y 9 meses de prisión condicional e inhabilitación perpetua como coautores del delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública.</p><p>Sergio y Pablo Schoklender, exapoderados de la Fundación Madres de Plaza de Mayo, recibieron condenas a 2 años y 8 meses y 2 años 4 meses de prisión condicional, respectivamente, como partícipes necesarios.</p><p>De esta forma, el tribunal adoptó penas menores a las solicitadas por el fiscal Diego Velasco, quien había pedido penas de 6 años para De Vido, López, Fatala y los Schoklender y de 4 años para el resto de los imputados.</p><p>Al comienzo de la audiencia, los magistrados rechazaron los planteos de las defensas por insubsistencia de la acción penal por vulneración del plazo razonable, prescripción de la acción penal y nulidad de los alegatos de los acusadores.</p><p>Por otro lado, por mayoría el tribunal dispuso el decomiso de los bienes cautelados por una suma de $206.438.454,05, el cual se determinó como el monto desviado de los fondos públicos destinados a la construcción de viviendas sociales. El mismo deberá ser ajustado al momento en el que la sentencia adquiera firmeza”.</p><p>La jueza Palliotti también anunció que se fijó una audiencia para el 13 de noviembre a las 17 en la que se leerán los fundamentos de las condenas y absoluciones.</p><p>El juicio había comenzado en marzo pasado sobre la causa que involucraba a la fundación ‘Sueños Compartidos’, que investigó el desvío de fondos públicos, estimados en más de $206 millones de pesos, que el Estado Nacional había destinado a la Fundación Madres de Plaza de Mayo.</p><p>Fue para la construcción de viviendas sociales, pero el programa funcionó con serias irregularidades entre los años 2005 y 2011, con la realización de obras públicas con sobreprecios e, incluso, sin licitación.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/uiJQ9xjpP289tDlZLxOrZla2zOs=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://ecosdiarioscdn.eleco.com.ar/media/2026/09/lopez_de_vido.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Deberan cumplir penas de menos de tres años por el desvío de fondos públicos.]]>
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                                <updated>2026-09-14T21:38:12+00:00</updated>
                <published>2026-09-14T21:05:18+00:00</published>
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        <title>
            Imputaron por enriquecimiento ilícito a &quot;Chiqui&quot; Tapia a raiz de su rol al frente de la CEAMSE
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        <link rel="alternate" href="https://elecos.com.ar/imputaron-por-enriquecimiento-ilicito-a-chiqui-tapia-a-raiz-de-su-rol-al-frente-de-la-ceamse" type="text/html" title="Imputaron por enriquecimiento ilícito a &quot;Chiqui&quot; Tapia a raiz de su rol al frente de la CEAMSE" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/3c1mB-RSEZFnRRzUBUmayj6naQo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://ecosdiarioscdn.eleco.com.ar/media/2026/09/claudio_chiqui_tapia_presidente_de_la_afa_y_la_ceamse.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>El presidente de la AFA, Claudio “Chiqui” Tapia, fue imputado en una causa en la que se investiga su cometió el delito de enriquecimiento ilícito pero no en su rol de dirigente del fútbol sino a raíz de su actuación en el directorio de la Coordinación Ecológica Área Metropolitana Sociedad del Estado (CEAMSE), la empresa encargada de la gestión de los residuos en el área metropolitana de Buenos Aires.</p><p>La causa quedó en manos del juez federal Ariel Lijo luego de que la Cámara Federal resolviera una disputa de competencia entre la Justicia porteña y los tribunales federales. El expediente había sido iniciado en abril de este año a partir de una denuncia presentada por el empresario Guillermo Tofoni, que enfrenta también a Tapia en otro frente judicial, este sí vinculado al fútbol luego de ser desplazado de la gestión de contratos publicitarios de la selección nacional.</p><p>El eje de la investigación sobre está puesto en la evolución patrimonial de Tapia durante los años en los que ocupó distintos cargos dentro de la CEAMSE. Según la denuncia, el dirigente habría registrado un incremento de su liquidez cercano al 1.000% entre 2017 y 2024, un crecimiento que, de acuerdo con el planteo presentado ante la Justicia, no tendría correlación con los ingresos declarados durante ese período.</p><p>La presentación judicial toma como referencia las declaraciones juradas patrimoniales del dirigente. Según los datos incorporados a la denuncia, en 2017 Tapia había declarado cuatro propiedades, un vehículo y alrededor de $1,5 millones en activos líquidos. En la declaración correspondiente a 2024 aparecen depósitos bancarios por más de $1.000 millones, además de efectivo y fondos en moneda extranjera.</p><p>Tapia se desempeña como presidente de la CEAMSE tras ser designado allí por impulso del gobernador Axel Kicillof -la Provincia, por tradición designa al titular dado su peso específico- en diciembre de 2024, pero antes había ocupado la silla de vicepresidente, entre 2015 y 2024, con apoyo de Horacio Rodríguez Larreta, cuando el entonces jefe de Gobierno porteño no había roto con el presidente Mauricio Macri, de vínculo con Tapia por su rol como dirigente del fútbol</p>¿Qué es la CEAMSE?<p>La CEAMSE es una sociedad estatal integrada por la Ciudad y la Provincia de Buenos Aires y tiene a su cargo la gestión de los residuos generados en el Área Metropolitana. Precisamente su carácter interjurisdiccional fue uno de los puntos centrales de la discusión que se produjo entre los distintos fueros judiciales para determinar dónde debía tramitar la denuncia.</p><p>En una primera instancia, el expediente había quedado radicado en la Justicia porteña. Sin embargo, ese fuero se declaró incompetente y la causa pasó a la Justicia Federal. Luego se produjo una disputa entre ambas jurisdicciones, que finalmente fue resuelta por la Cámara Federal de Comodoro Py, que confirmó que el expediente debía continuar bajo la órbita del juez Lijo.</p><p>El hecho de que la investigación se concentre en CEAMSE resulta determinante para el expediente. El delito de enriquecimiento ilícito es una figura que puede atribuirse a funcionarios públicos, por lo que la causa no está vinculada directamente con la presidencia de la AFA, sino con las funciones que Tapia desempeñó dentro del organismo estatal.</p><p>La denuncia fue realizada por Guillermo Tofoni, empresario del ámbito deportivo que mantiene un enfrentamiento judicial con Tapia. Tofoni es titular de World Eleven, empresa que tuvo a su cargo la organización y comercialización de partidos amistosos de la Selección argentina y cuyo vínculo con la AFA terminó durante la gestión de Tapia.</p><p>Desde el entorno de Tapia rechazaron las acusaciones y sostuvieron que los planteos incluidos en la denuncia son falsos. Además, anticiparon la posibilidad de avanzar con acciones judiciales contra Tofoni por considerar que la presentación afecta el honor del dirigente.</p><p>Por el momento, la investigación se encuentra en una etapa inicial y no implica una condena ni determina que haya existido un delito. La Justicia deberá analizar la documentación patrimonial y financiera y establecer si la evolución de los bienes y fondos declarados por Tapia puede ser explicada legalmente o si existen elementos que permitan avanzar con una imputación por enriquecimiento ilícito.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/3c1mB-RSEZFnRRzUBUmayj6naQo=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://ecosdiarioscdn.eleco.com.ar/media/2026/09/claudio_chiqui_tapia_presidente_de_la_afa_y_la_ceamse.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La causa se abrió por una presentación que realizó Guillermo Tofoni, Tapia luego de ser desplazado de la gestion de la publicidad de la selección nacional.]]>
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                                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                                <updated>2026-09-11T20:18:56+00:00</updated>
                <published>2026-09-11T20:17:09+00:00</published>
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            La Corte Suprema le marcó la cancha a los intendentes por el cobro de tasas municipales
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://elecos.com.ar/la-corte-suprema-le-marco-la-cancha-a-los-intendentes-por-el-cobro-de-tasas-municipales" type="text/html" title="La Corte Suprema le marcó la cancha a los intendentes por el cobro de tasas municipales" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/byD26lIz5Nnz_bn2r3KqcWQRfsM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://ecosdiarioscdn.eleco.com.ar/media/2026/09/rosenkrantz_rosatti_y_lorenzetti_los_tres_ministros_de_la_corte.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó este jueves una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba que había considerado válida una tasa cobrada por la Municipalidad de la capital provincial al Banco Galicia. Este fallo sienta jurisprudencia sobre esta herramienta a la que acuden intendentes para elevar su recaudación.</p><p>Por unanimidad, el máximo tribunal concluyó que la normativa local no identificaba con suficiente precisión los servicios que justificaban el tributo y cuestionó que se hubiera colocado sobre el contribuyente la carga de demostrar que esas prestaciones no habían sido realizadas.</p><p>La decisión clave por la disputa que encaró el Gobierno nacional contra los intendentes peronistas del conurbano bonaerense, que cargan las facturas de la luz, el gas y los precios de los combustibles con tasas municipales para tener fondos en medio del ajuste fiscal encarado por Javier Milei.</p><p>Los jueces hicieron lugar a una queja del Banco Galicia contra la municipalidad de Córdoba, declararon procedente su recurso extraordinario y revocaron la sentencia apelada del Tribunal Superior de Justicia de la provincia cordobesa.</p>Tasas municipales, el origen del reclamo<p>El caso se originó en 2008, hace 18 años, cuando la intendencia de Córdoba le determinó un ajuste fiscal al Banco Galicia por la “Contribución que incide sobre la actividad Comercial, Industrial y de Servicios”, prevista en el artículo 231 del Código Tributario Municipal, para los períodos desde diciembre de 2001 hasta octubre 2005, más intereses y una multa.</p><p>La contribuyente recurrió al tribunal de justicia provincial, que validó la tasa, y acudió en queja ante la Corte Suprema, al entender que se estaba desconociendo las características básicas de un tributo para ser considerado una tasa, ya que no se corresponde con la prestación de un servicio concreto (no diluido en la masa de administrados), efectivo (no formulado en modo potencial) e individualizado (prestado en forma individual a cada uno de los contribuyentes).</p><p>El fallo del Máximo Tribunal llevó la firma de los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti. Rosatti expuso sus fundamentos en un voto propio, mientras que Rosenkrantz y Lorenzetti suscribieron una posición conjunta. Los tres coincidieron en revocar la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/byD26lIz5Nnz_bn2r3KqcWQRfsM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://ecosdiarioscdn.eleco.com.ar/media/2026/09/rosenkrantz_rosatti_y_lorenzetti_los_tres_ministros_de_la_corte.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Los jueces resolvieron a favor del Banco Galicia contra la municipalidad de Córdoba, en un caso originado en 2008. El cobro tiene que estar justificado.]]>
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                                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                                <updated>2026-09-11T18:57:58+00:00</updated>
                <published>2026-09-11T18:56:17+00:00</published>
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        <title>
            Régimen Penal Juvenil: la contundente postura de una ex jueza de Necochea sobre la reforma y el fallo de Pascual
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://elecos.com.ar/maria-angelica-bernard-sobre-el-regimen-penal-juvenil-la-ley-es-algo-confusa" type="text/html" title="Régimen Penal Juvenil: la contundente postura de una ex jueza de Necochea sobre la reforma y el fallo de Pascual" />
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                <![CDATA[Ecos Diarios]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/euAPbyqTFB24m0JXLfaGWZ2zi9k=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://ecosdiarioscdn.eleco.com.ar/media/2026/09/maria_angelica_bernard.webp" class="type:primaryImage" /></figure>
<p>La ex jueza de Menores del Departamento Judicial Necochea, María Angélica Bernard, analizó la reforma del Régimen Penal Juvenil y la decisión de la jueza Marta Elba Pascual, que mediante un habeas corpus dispuso la suspensión por 60 días de la baja de la edad de punibilidad en la provincia de Buenos Aires.</p><p>Durante una entrevista en el programa “Punto de Vista” de Ecos Radio, Bernard sostuvo que la nueva legislación “reedita una discusión” que lleva décadas y cuestionó que el debate continúe centrado en la edad a partir de la cual un adolescente puede ser penado.</p><p>La ex magistrada consideró que la reforma no implica un avance desde el punto de vista doctrinario y planteó que el abordaje debería partir de la protección integral de niños y adolescentes.</p><p>“Seguimos hablando en términos de capacidad, cuando los instrumentos internacionales nos piden hablar de derechos y de protección integral”, señaló.</p><p>Cuestionamientos al nuevo régimen</p><p>Bernard también se refirió a las condiciones de la provincia de Buenos Aires para implementar el nuevo régimen y señaló que existen problemas estructurales vinculados con las políticas destinadas a las infancias.</p><p>“Lo que estamos teniendo hoy es el resultado de ausencias de políticas de muchos años”, sostuvo. En ese sentido, cuestionó que la reforma esté vinculada principalmente con la seguridad y no con la prevención.</p><p>“Si vos vas a seguir utilizando el discurso de la punibilidad para atajar problemas de inseguridad, ese es el primer error y no en la protección integral que es desde donde se debe partir”, afirmó.</p><p>También planteó que el sistema debe contemplar las condiciones sociales de los jóvenes. “Yo a veces digo que hay que insertar, porque no se puede resocializar a quien no está socializado”, expresó Bernard.</p><p>La suspensión en la Provincia</p><p>Sobre la decisión de Marta Pascual, Bernard manifestó su desacuerdo y puso el foco en las facultades de una jueza provincial frente a una norma nacional.</p><p>“Mi humilde opinión es que no puede, pero gracias a Dios la opinión no es mía, es de la Suprema Corte de Justicia”, expresó.</p><p>La ex jueza explicó que la resolución de Pascual apunta a la falta de recursos y a las condiciones del sistema bonaerense, pero cuestionó que a través de una medida cautelar se haya suspendido la aplicación de una norma nacional.</p><p>Bernard señaló además que el habeas corpus se encuentra apelado y mencionó los proyectos de juicio político impulsados contra Pascual en el Senado bonaerense.</p><p>Para la ex magistrada, el debate debería centrarse en las políticas públicas necesarias para evitar que los adolescentes lleguen al delito y en la responsabilidad de los distintos niveles del Estado. “El Gobierno Nacional, a través de sus políticas públicas y sus proyectos, debe proveer a las provincias de los recursos y los medios necesarios”, afirmó Bernard.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/euAPbyqTFB24m0JXLfaGWZ2zi9k=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://ecosdiarioscdn.eleco.com.ar/media/2026/09/maria_angelica_bernard.webp" class="type:primaryImage" /></figure>María Angélica Bernard analizó la edad de punibilidad y cuestionó las facultades de la Justicia provincial frente a una norma nacional]]>
                </summary>
                                                <category term="ecos-radio" label="Ecos Radio" />
                                <updated>2026-09-10T16:06:38+00:00</updated>
                <published>2026-09-10T11:58:29+00:00</published>
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            Se negó a declarar el acusado de matar a balazos a un hombre
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        <link rel="alternate" href="https://elecos.com.ar/se-nego-a-declarar-el-acusado-de-matar-a-balazos-a-un-hombre" type="text/html" title="Se negó a declarar el acusado de matar a balazos a un hombre" />
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                <![CDATA[Ecos Diarios]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/sTQm9OxqPjHkiWFjYsViTyspXuM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://ecosdiarioscdn.eleco.com.ar/media/2026/09/la_victima_braian_alexis_soplan_33_1.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>El acusado de matar a balazos a Braian Alexis Soplán Castro (33) se negó a declarar ayer ante el fiscal de la causa, José Luis Cipolletti, y formalmente, fue notificado del cargo legal en su contra.</p><p>Boris Ohaco, está imputado del delito de “homicidio agravado por el uso de arma de fuego” y permanece detenido en una celda de la Comisaría Segunda de Quequén, a disposición de la Justicia de Necochea.</p><p>El implicado en el brutal crimen durante la madrugada del pasado domingo en una vivienda de Lobería, es asistido legalmente por la Defensa Oficial y prefirió reservarse el derecho a declarar para otra oportunidad.</p><p>&nbsp;</p><p>Prueba clave</p><p>Como se informó ayer, policías encontraron el arma usada en el feroz ataque. Se trata de un revólver calibre 32, hallado en una alcantarilla próxima a las vías del ferrocarril, en inmediaciones de calles Saavedra y Bisciotti.</p><p>De confirmarse que es el arma homicida, se transformaría en una prueba fundamental para la causa que investiga la UFI Nº 1, a cargo de José Cipolletti, quien, en principio, explicó que se trataría de un crimen con un trasfondo pasional.</p><p>Según la pesquisa, Ohaco se presentó espontáneamente en la Estación de Policía Comunal y se puso a disposición de la Justicia de Necochea.</p><p>&nbsp;</p><p>Secuestros</p><p>Cabe agregar que personal policial allanó su domicilio y secuestró diversas ropas y también una bicicleta, que el acusado utilizó para llegar a la casa de la víctima, en calle Río Quequén al 150.</p><p>La investigación continúa abierta y no se descartan nuevas diligencias judiciales.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/sTQm9OxqPjHkiWFjYsViTyspXuM=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://ecosdiarioscdn.eleco.com.ar/media/2026/09/la_victima_braian_alexis_soplan_33_1.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Boris Ohaco está detenido en Necochea]]>
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                                                <category term="13" label="Policiales" />
                                <updated>2026-09-09T02:42:02+00:00</updated>
                <published>2026-09-09T02:37:20+00:00</published>
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        <title>
            Le disparó por la espalda y dejó parapléjico a un hombre
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://elecos.com.ar/le-disparo-por-la-espalda-y-dejo-paraplejico-a-un-hombre" type="text/html" title="Le disparó por la espalda y dejó parapléjico a un hombre" />
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/7Fx2FyRNzOul9dJ9z_0xV03R7L8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://ecosdiarioscdn.eleco.com.ar/media/2026/09/arca.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>Facundo Arca recibió un balazo de arma de fuego en la zona lumbar (la parte baja de la espalda) tras un incidente protagonizado con otro sujeto en la zona de calle 584 entre 545 y 547, en un barrio federal de Quequén.</p><p>Ese proyectil le provocó daños internos y quedó parapléjico, tras permanecer varios meses internado en un hospital del Gran Buenos Aires, donde fue trasladado horas después de sufrir el brutal ataque.</p><p>Los hechos se registraron durante la noche del 15 de febrero de 2025, en dicho sector de Quequén y el hombre que está siendo juzgado es Duván Lodoño Zuleta, imputado de los delitos de “lesiones gravísimas, agravadas por el uso de arma de fuego” y “tenencia ilegal de arma”.</p><p>&nbsp;</p><p>Varios testigos</p><p>Ayer, se inició el debate oral en la sala del Tribunal Criminal Nº 1 de Necochea, donde se ventila lo ocurrido frente a un inmueble de calle 584, cuyo vecindario se vio sacudido por un grave episodio de violencia.</p><p>Precisamente, son varios los testigos que pasaron ayer por el recinto de deliberaciones y respondieron a los interrogatorios del fiscal José Luis Cipolletti, y del abogado particular, Lucas Tornini, quien asiste legalmente al único imputado.</p><p>Entre quienes declararon, lo hizo el propio Facundo Arca en silla de ruedas, quien ofreció su versión de los hechos.</p><p>Según la investigación policial y judicial, el hombre de 34 años fue hasta la casa de una mujer que no quería recibirlo y, al retirarse del lugar, le dispararon por la espalda y, el agresor está ahora siendo juzgado.</p><p>&nbsp;</p><p>Graves daños</p><p>Como consecuencia del ataque, la bala impactó en la columna de la víctima, quien fue derivada a un hospital de mayor complejidad en el Conurbano bonaerense y permaneció en delicado estado de salud.</p><p>Enseguida, los médicos confirmaron que la capacidad para caminar de Facundo Arca, estaría comprometida debido a que el proyectil daño la parte lumbar (en el sector bajo de la espalda).</p><p>La audiencia del juicio oral a Lodoño Zuleta, se reanudará el próximo lunes, donde los representantes de las partes intervinientes, brindarán los alegatos finales ante los jueces Luciana Irigoyen Testa (presidenta), Ernesto Juliano y Diego Mónaco.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/7Fx2FyRNzOul9dJ9z_0xV03R7L8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://ecosdiarioscdn.eleco.com.ar/media/2026/09/arca.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Duván Lodoño Zuleta está acusado de “lesiones gravísimas, agravadas por el uso de arma de fuego” y “tenencia ilegal”]]>
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                                <updated>2026-09-09T02:35:42+00:00</updated>
                <published>2026-09-09T02:32:04+00:00</published>
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            LLA pedirá el juicio político a la jueza que suspendió la ley Penal Juvenil
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/7nu12RdZXWm3d-8xIJqWEQMse1g=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://ecosdiarioscdn.eleco.com.ar/media/2026/09/sebastian_pareja_presidente_de_lla_pba.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>Tras la decisión que tomó la jueza Marta Elba Pascual para suspender por 60 días la aplicación del Régimen Penal Juvenil en la provincia de Buenos Aires, La Libertad Avanza pedirá el juicio político a la magistrada al considerar que su decisión atenta contra una ley sancionada por el Congreso y profundiza la situación de impunidad que padecen los bonaerenses.</p><p>Así lo hizo saber Sebastián Pareja, presidente de LLA PBA, quien dijo que pretenden avanzar con el jury contra la titular del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil N° 2 de Lomas de Zamora.</p><p>“Es una jueza del poder, de la política bonaerense, que piensa exclusivamente en los intereses de lo peor de la política. Está intentando frenar una ley votada democráticamente por el Congreso y que viene a resolver un problema que la sociedad viene reclamando”, explicó Pareja.</p><p>“Siempre van a encontrar una excusa que les permita liberar a los delincuentes. También lo hicieron durante la pandemia. Ellos no piensan en las condiciones materiales cuando se trata de las víctimas, sólo protegen a los delincuentes. Y la crisis que atraviesa la Provincia de Buenos Aires en términos de seguridad responde justamente a ese modelo”, agregó el diputado nacional.</p><p>“La Justicia bonaerense lo único que logró con esta decisión es seguir garantizando la impunidad de los delincuentes. Los vecinos de la Provincia no podemos seguir siendo rehenes de un gobernador y una justicia que avalan y defienden al delincuente por encima de las personas de bien”, sostuvo por su parte el presidente del bloque de Senadores, Carlos Curestis.</p><p>En tanto, el titular del bloque de Diputados provinciales de LLA, Juan Osaba, apuntó: “Es inadmisible que un fallo político de una jueza de Lomas de Zamora suspenda la ley penal juvenil dándole la espalda a las víctimas de delitos cometidos por delincuentes menores de edad. Acá no hay argumento que sirva. Es una ley aprobada por el Congreso Nacional y vamos a llevarla a juicio político por esta decisión".</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/7nu12RdZXWm3d-8xIJqWEQMse1g=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://ecosdiarioscdn.eleco.com.ar/media/2026/09/sebastian_pareja_presidente_de_lla_pba.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Lo confirmó Sebastián Pareja, presidente de LLA PBA, quien dijo que pretenden avanzar con el jury contra Marta Elba Pascual.]]>
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                                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                                <updated>2026-09-08T19:55:24+00:00</updated>
                <published>2026-09-08T19:51:19+00:00</published>
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            Una jueza suspendió por 60 días la nueva ley de régimen penal juvenil
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/MxmCAQDW0JkN1qj0Y_D66gJfd0Q=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://ecosdiarioscdn.eleco.com.ar/media/2026/09/la_justicia_y_su_fallo_katrin_bolovtsova_pexelscom.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>El Juzgado de Responsabilidad Juvenil N°2 de Lomas de Zamora suspendió la aplicación del nuevo Régimen Penal Juvenil en la provincia de Buenos Aires. Se trata de la normativa que establece un sistema específico para adolescentes de entre 14 años y el momento previo a cumplir los 18 que sean imputados por delitos.</p><p>En su fallo, la jueza resolvió suspender preventivamente por 60 días la aplicación de la Ley 27.801, que amplía el universo de adolescentes alcanzados por el sistema de responsabilidad penal, al considerar que el actual sistema bonaerense de privación de la libertad no cuenta con las condiciones materiales, institucionales y profesionales necesarias para afrontar el eventual incremento de detenidos.</p><p>La medida fue dictada en el marco de un habeas corpus preventivo colectivo presentado por la Federación de Familia Grande Hogar de Cristo, con el patrocinio de la abogada Patricia Liguori, en favor de los adolescentes privados de su libertad en territorio bonaerense.</p><p>En su resolución, la magistrada Marta Elba Pascual advirtió que la entrada en vigencia del nuevo régimen puede generar un aumento considerable de la cantidad de adolescentes privados de la libertad, tanto por mayores ingresos al sistema como por una mayor permanencia de quienes ya se encuentran detenidos.</p>Los detalles del fallo sobre el régimen penal juvenil<p>El fallo señala que la nueva normativa incorpora al sistema penal a los adolescentes de 14 y 15 años, excluye determinados delitos que hasta ahora no resultaban punibles y establece la aplicación plena de la escala penal prevista en el Código Penal. Para la jueza, estos cambios tendrán un impacto progresivo sobre la cantidad de personas privadas de la libertad, aunque también podrían producir efectos inmediatos debido a las modificaciones en los parámetros para las detenciones y prisiones preventivas.</p><p>Uno de los principales argumentos utilizados para disponer la suspensión es que no resulta necesario esperar a que se produzca una vulneración efectiva de derechos fundamentales para que intervenga la Justicia. La magistrada sostuvo que, tratándose de niños y adolescentes, rige un principio precautorio que obliga al Estado a prevenir razonablemente situaciones de vulneración grave.</p><p>En ese sentido, planteó que el Poder Judicial no puede esperar a que se produzcan violaciones de derechos cuando existen elementos que permiten presumir que podrían ocurrir como consecuencia de la aplicación de la nueva legislación sin que previamente se hayan generado las condiciones necesarias.</p><p>La resolución pone especial énfasis en la situación actual de los dispositivos de privación de libertad de la Provincia. La jueza recordó que el expediente quedó radicado en su juzgado por su vinculación con otro habeas corpus colectivo referido al Centro Socioeducativo para la Privación de la Libertad Ambulatoria de Lomas de Zamora.</p><p>En ese marco, explicó que luego de realizar constataciones en el lugar había dispuesto limitar a 60 adolescentes la cantidad de personas que podían ser alojadas allí, debido a que las condiciones de alojamiento no cumplían con los estándares mínimos.</p><p>Si bien el fallo reconoce que durante los últimos años se produjeron avances en cuestiones como infraestructura, alimentación y provisión de agua potable, sostiene que todavía no se alcanzó un piso mínimo que permita garantizar que las condiciones de detención no comprometan la responsabilidad internacional del Estado argentino.</p>“Hacinamiento” y más violencia<p>Uno de los pasajes más contundentes del fallo aparece cuando la magistrada advierte sobre las consecuencias que puede generar un incremento de la población adolescente privada de la libertad sin una infraestructura adecuada.</p><p>“No respetar las condiciones mínimas de los derechos de los adolescentes detenidos tiene consecuencias futuras no deseadas para la propia sociedad”, sostuvo, y agregó: “Hacinar ‘menores’, tarde o temprano incrementa los niveles de inseguridad y violencia”.</p><p>La jueza también cuestionó la idea de que una mayor severidad en las condiciones de encierro necesariamente contribuya a la pacificación social. Por el contrario, sostuvo que las condiciones en las que permanecen detenidos los adolescentes pueden determinar los niveles de violencia con los que regresen a la sociedad una vez cumplida la medida o condena.</p><p>En ese sentido, remarcó que su responsabilidad como integrante del sistema penal juvenil no se limita a garantizar los derechos de los adolescentes en conflicto con la ley penal, sino también a preservar los intereses de la comunidad a la que esos jóvenes deberán regresar.</p><p>Además de suspender por 60 días la aplicación de la Ley 27.801 en la Provincia, la jueza convocó a una audiencia multipropósito para el 16 de septiembre a las 10, en la sala de juicios orales del tribunal.</p><p>El objetivo será que los responsables de las principales áreas del Poder Ejecutivo bonaerense con injerencia en la materia informen qué medidas fueron adoptadas para implementar la nueva ley, cuáles se encuentran previstas o planificadas y cuáles son los plazos establecidos para llevarlas adelante.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/MxmCAQDW0JkN1qj0Y_D66gJfd0Q=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://ecosdiarioscdn.eleco.com.ar/media/2026/09/la_justicia_y_su_fallo_katrin_bolovtsova_pexelscom.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La Justicia de Lomas de Zamora hizo lugar a un hábeas corpus preventivo y suspendió la Ley 27.801 en la provincia de Buenos Aires.]]>
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                                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                                <updated>2026-09-07T20:14:39+00:00</updated>
                <published>2026-09-07T20:12:50+00:00</published>
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            Detuvieron al exgobernador Sergio Urribarri luego de confirmarse su condena por corrupción
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/tkyeGn5y16JszlaeG4wcEnJGOgI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://ecosdiarioscdn.eleco.com.ar/media/2026/09/sergio_urribarri_sera_trasladado_a_la_carcel_de_parana.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>El exgobernador de Entre Ríos Sergio Urribarri fue detenido en la noche del viernes y trasladado a la Unidad Penal N°1 de Paraná para empezar a cumplir la condena a ocho años de prisión por corrupción que quedó firme esta semana, luego de que la Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmara su condena por los delitos de negociación incompatible con la función pública y peculado. La orden alcanzó también a su cuñado, Juan Pablo Aguilera, y al exministro de Comunicación de su gobierno, Pedro Báez.&nbsp;</p><p>Horas antes del traslado, la defensa había intentado frenar el ingreso a la cárcel con un pedido de prisión domiciliaria por razones de salud. El Tribunal de Juicio lo rechazó por "improcedente" y sostuvo que, al tratarse de una condena firme, esa definición ya no le corresponde a ese cuerpo sino a la Justicia de Ejecución de Penas.</p>Un traslado de casi cuatro horas y un ingreso de madrugada<p>El operativo se desató el viernes por la noche. "Los están yendo a buscar a todos ahora, viernes por la noche", confirmó a Infobae una fuente con acceso directo al expediente. El Tribunal de Juicio que los condenó dispuso que los tres comenzaran a cumplir la pena en la Unidad Penal N°1 de Paraná (UP1).&nbsp;</p><p>Efectivos policiales buscaron a Urribarri en su domicilio de Concordia y lo trasladaron hacia la capital provincial. Entre ambas ciudades hay 280 kilómetros, un trayecto que por el estado de la ruta demanda cerca de cuatro horas, por lo que el ingreso a la unidad penal se concretó en la madrugada.&nbsp;</p><p>La cárcel de Paraná era una de las tres opciones que se barajaban para su alojamiento. Las otras alternativas eran la UP3 de Concordia y la colonia penal de Gualeguaychú.&nbsp;</p>El "no" a la prisión domiciliaria<p>Con el fallo ya firme, la defensa técnica intentó una maniobra de último momento para evitar que el exgobernador terminara tras las rejas. El planteo, a cargo del abogado Leopoldo Cappa, pidió que se suspendiera la ejecución de la condena y que Urribarri quedara en su casa con control electrónico.</p><p>El argumento fue el estado de salud mental del condenado y la necesidad de preservar su integridad psicofísica. Según la presentación, el exgobernador se encuentra bajo tratamiento psiquiátrico desde diciembre de 2025 y cuenta con una certificación médica que señala un cuadro de trastorno de estrés postraumático. La defensa sostuvo que alojarlo en un establecimiento penitenciario común resultaría incompatible con ese diagnóstico y podría agravarlo.&nbsp;</p>La postura de la Fiscalía y la resolución del Tribunal<p>La Fiscalía se opuso. Los acusadores públicos Patricia Yedro y Gonzalo Badano rebatieron el pedido con razones formales: plantearon que la suspensión de la ejecución de la condena es un instituto "inexistente" y que, con sentencia firme, no es el Tribunal de Juicio sino el Juzgado de Ejecución de Penas quien debe definir cómo se cumple la detención.</p><p>El Tribunal —integrado por los jueces Carolina Castagno, Elvio Garzón y Julián Vergara— le dio la razón a los fiscales y calificó el pedido de "improcedente". Sostuvo que, al tratarse de una condena firme, será el Juzgado de Ejecución de Penas el que deberá resolver eventualmente bajo qué modalidad se cumple la sentencia. El planteo similar presentado por la defensa de Báez corrió la misma suerte</p><p>De todos modos, los magistrados dispusieron que el área de Sanidad del Servicio Penitenciario realice un examen exhaustivo de los condenados al momento del ingreso y ordenaron garantizar "la continuidad de los tratamientos y provisión de la medicación prescripta" y el traslado a centros hospitalarios en caso de ser necesario.&nbsp;</p>Cómo llegó la condena firme<p>Urribarri había sido condenado el 7 de abril de 2022 por el Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná, que le impuso ocho años de prisión por peculado y negociaciones incompatibles con la función pública. El fallo de primera instancia fue confirmado en 2023 por el Tribunal de Casación de Entre Ríos y luego el Superior Tribunal de Justicia provincial rechazó los recursos de las defensas, que acudieron entonces ante el máximo tribunal nacional.&nbsp;</p><p>El desenlace llegó esta semana. Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti rechazaron el recurso extraordinario de la defensa por considerarlo inadmisible, y la misma suerte corrieron los planteos de los otros condenados. La condena lleva aparejada, además, la inhabilitación para ejercer cargos públicos.&nbsp;</p><p>La causa había sido abierta por la exfiscal anticorrupción de la provincia, Cecilia Goyeneche. Según la investigación, Urribarri direccionó contrataciones de publicidad del Estado provincial para fines particulares, maniobra en la que apareció favorecido su cuñado, Juan Pablo Aguilera, señalado como responsable de un esquema de testaferros y de cartelización para captar los fondos de la pauta oficial en vía pública.</p>La pata marplatense de la causa<p>El expediente tiene un capítulo con sello local. Entre las maniobras investigadas figura el montaje de un parador en Mar del Plata, que tuvo un costo de 14 millones de pesos de entonces. También se investigó la difusión de spots durante la Cumbre del Mercosur realizada en Paraná en diciembre de 2014, orientados a promover la postulación de Urribarri a la presidencia en 2015.&nbsp;</p><p>Urribarri gobernó Entre Ríos entre diciembre de 2007 y diciembre de 2015. Luego fue legislador provincial y en 2020 asumió como embajador argentino en Israel, cargo al que renunció en 2022.</p>Aguilera, Báez y el antecedente de 2024<p>La orden de detención no fue solo para el exgobernador. Alcanzó también a Juan Pablo Aguilera, su cuñado, y a Pedro Báez, exministro de Comunicación durante su gestión, ambos condenados a seis años y medio de prisión en la misma causa. Los tres quedaron alojados en la UP1 de Paraná.&nbsp;</p><p>No es la primera vez que Urribarri pasa por una situación así. Ya había estado detenido durante 50 días luego de que en noviembre de 2024 la Casación provincial ordenara su prisión preventiva ante el riesgo de fuga, medida que fue revocada en enero de 2025 por la Sala de feria del Superior Tribunal de Justicia entrerriano. En aquella oportunidad, debió viajar acompañado por un cardiólogo tras sufrir un pico de tensión al conocer la noticia de su detención.&nbsp;</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/tkyeGn5y16JszlaeG4wcEnJGOgI=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://ecosdiarioscdn.eleco.com.ar/media/2026/09/sergio_urribarri_sera_trasladado_a_la_carcel_de_parana.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Fue trasladado desde Concordia a la cárcel de Paraná. El Tribunal que entiende en su caso desestimó el pedido de prisión domiciliaria por razones de salud que había presentado su defensa]]>
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                                <updated>2026-09-05T15:54:03+00:00</updated>
                <published>2026-09-05T15:50:45+00:00</published>
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            Preso e inhabilitado para cargos públicos: la Corte confirmó la condena del exgobernador K Sergio Urribarri
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/zcVfBRib9Q4tudxHe2yTZq62vKU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://ecosdiarioscdn.eleco.com.ar/media/2026/09/sergio_urribarri.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>El exgobernador de Entre Ríos Sergio Urribarri irá a prisión luego de que la Corte Suprema de Justicia confirme la condena que pensaba en su contra por desvío de fondos públicos durante su administración provincial. Además de ir preso, la condena inhabilita a Urribarri a ejercer cargos públicos.</p><p>La decisión fue de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, que rechazaron un recurso extraordinario presentado por la defensa del exmandatario.</p><p>La condena original contra el dirigente kirchnerista data del 7 de abril de 2022, cuando el Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná sentenció a Urribarri a ocho años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos.</p><p>La causa investigó el direccionamiento de contrataciones de publicidad oficial del Gobierno de Entre Ríos entre 2010 y 2015, con pagos a empresas sin actividad real y un esquema de testaferros que, según la acusación, benefició a su cuñado, Juan Pablo Aguilera.</p><p>Entre los hechos investigados figuraron también gastos vinculados a la Cumbre del Mercosur realizada en Paraná en 2014. En la misma causa fueron condenados Pedro Báez, exministro de Cultura y Comunicación de la provincia, y el propio Aguilera, ambos a seis años de prisión.</p><p>Urribarri, que gobernó Entre Ríos entre 2007 y 2015 por el kirchnerismo y luego se desempeñó como embajador argentino en Israel, había estado detenido durante 50 días a partir de noviembre de 2024, cuando la Cámara de Casación Penal de Entre Ríos ordenó su captura por temor a que intentara frustrar el proceso.</p><p>Esa medida fue revocada en enero de 2025 y ahora aguardaba la decisión final en su domicilio. Con la condena firme tras el fallo de la Corte Suprema, la Justicia de Entre Ríos deberá disponer la ejecución de la pena.</p><p>El tribunal sostuvo que los recursos extraordinarios “parcialmente concedidos” por el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos el 22 de octubre de 2024 “son inadmisibles”, en los términos del artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, la norma que permite a la Corte rechazar apelaciones sin dar mayores fundamentos cuando entiende que no hay una cuestión federal suficiente para tratar.</p><p>En su voto, Lorenzetti agregó una aclaración: citó el precedente “Vidal” para remarcar que el rechazo de un recurso por esa vía “no importa confirmar ni afirmar la justicia o el acierto de la decisión recurrida”. La resolución alcanzó también a los otros seis condenados en la misma causa que habían llegado en queja ante la Corte: Gerardo Daniel Caruso, Corina Cargnel, Emiliano Giacopuzzi, Juan Pablo Aguilera, Luciana Belén Almada y Pedro Ángel Báez. Todos los planteos fueron desestimados. (TN)</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/zcVfBRib9Q4tudxHe2yTZq62vKU=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://ecosdiarioscdn.eleco.com.ar/media/2026/09/sergio_urribarri.webp" class="type:primaryImage" /></figure>El máximo tribunal rechazó todos los recursos presentados por la defensa del exmandatario entrerriano, quien quedará detenido por el desvío de fondos públicos durante su gestión, entre 2007 y 2015.]]>
                </summary>
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                                <updated>2026-09-03T19:37:53+00:00</updated>
                <published>2026-09-03T19:36:29+00:00</published>
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            Abad: “La violencia contra los animales exige prevención, capacitación y una respuesta coordinada”
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/WU562L-bXjX3oCPnAzA407oZc2o=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://ecosdiarioscdn.eleco.com.ar/media/2026/09/maximiliano_abad.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>El senador nacional por la provincia de Buenos Aires Maximiliano Abad participó de una reunión de trabajo con el procurador general de la Suprema Corte de Justicia bonaerense, Julio Conte-Grand, y el presidente del Colegio de Abogados del Departamento Judicial de Mar del Plata, Leandro Gabás, en la que se avanzó en un convenio destinado a fortalecer la prevención, la capacitación y el abordaje de los delitos contra los animales.</p><p>La iniciativa prevé articular el trabajo entre la Procuración General, el Colegio de Abogados, la Facultad de Derecho y la Defensoría del Pueblo -tal como lo manifestó el procurador- y actores del ámbito académico para desarrollar instancias de formación destinadas a quienes intervienen en el sistema, mejorar las herramientas para detectar y abordar estos delitos y generar una mayor conciencia sobre la protección jurídica de los animales.</p><p>“La violencia contra los animales es un problema que tenemos que abordar seriamente. No alcanza solamente con sancionar cuando el delito ya ocurrió: tenemos que trabajar sobre la prevención, la educación, la capacitación y una actuación coordinada de las instituciones”, sostuvo Abad quien estuvo, además, acompañado por el concejal Ariel Bordaisco, presidente del bloque de la UCR + Nuevos Aires.</p><p>Uno de los aspectos que contempla la iniciativa es la capacitación de los distintos operadores que intervienen frente a estos hechos y también el desarrollo de herramientas orientadas a quienes hayan cometido delitos contra animales, con el objetivo de generar conciencia sobre la gravedad de esas conductas y contribuir a evitar la reincidencia.</p><p>Abad destacó que la existencia de casos de maltrato y crueldad animal tanto en Mar del Plata como en distintos puntos de la provincia de Buenos Aires obliga a fortalecer la respuesta institucional. “Tenemos legislación que protege a los animales y sanciona el maltrato y la crueldad. El desafío es que las instituciones tengan las herramientas, la formación y la coordinación necesarias para que esa protección sea efectiva”, afirmó.</p><p>En ese marco, el trabajo conjunto permitirá avanzar en capacitaciones, contenidos y mecanismos de articulación entre los distintos actores del sistema, incorporando además los delitos contra los animales dentro de una mirada más integral sobre las distintas manifestaciones de violencia y el comportamiento delictivo.</p><p>“Proteger la vida de los animales requiere conciencia social, pero también un Estado y unas instituciones que sepan prevenir, detectar y actuar. Trabajar juntos nos permite dar una respuesta mucho más efectiva frente a un problema que no debemos naturalizar”, concluyó Abad.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/WU562L-bXjX3oCPnAzA407oZc2o=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://ecosdiarioscdn.eleco.com.ar/media/2026/09/maximiliano_abad.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Lo afirmó el legislador marplatense quien mantuvo una reunión con el procurador general bonaerense, Julio Conte-Grand, para avanzan en un convenio para desarrollar acciones de capacitación, prevención y concientización frente al maltrato y la crueldad contra los animales.]]>
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                                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                                <updated>2026-09-02T18:42:49+00:00</updated>
                <published>2026-09-02T18:40:22+00:00</published>
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        <title>
            Era buscado por la Justicia y lo hallaron herido en Necochea
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://elecos.com.ar/era-buscado-por-la-justicia-y-lo-hallaron-herido-en-necochea" type="text/html" title="Era buscado por la Justicia y lo hallaron herido en Necochea" />
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                <![CDATA[Ecos Diarios]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/YDgF8xn2nSGChPZVjVthQjSWyfk=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://ecosdiarioscdn.eleco.com.ar/media/2026/09/detenido.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>Un hombre fue detenido luego de ser encontrado herido con un arma blanca en el interior del domicilio de su ex pareja, en jurisdicción de la Comisaría Primera de Necochea. Durante el procedimiento, los efectivos constataron además que sobre el sujeto pesaba una orden de detención vigente por quebrantamiento de morigeración de pena.</p><p>El procedimiento se inició a partir de un llamado al personal policial, que alertaba sobre la presencia de un hombre en el domicilio. Al arribar, los efectivos entrevistaron a una mujer, quien manifestó que su ex pareja se había presentado en el lugar con una herida de arma blanca y permanecía en el interior de la vivienda.</p><p>Con autorización de la propietaria, el personal ingresó al inmueble y encontró al hombre, quien presentaba una herida cortante en una de sus piernas. Consultado sobre las circunstancias de la lesión, no aportó mayores precisiones, por lo que se iniciaron actuaciones bajo la carátula “averiguación de ilícito”, con intervención de la UFI N° 1 del Departamento Judicial Necochea.</p><p>En el marco de las averiguaciones, los efectivos establecieron que el hombre poseía una orden de detención vigente, vinculada a una causa por quebrantamiento de morigeración de pena, con intervención del Juzgado de Ejecución Penal N° 2 de Mar del Plata.</p><p>El herido fue trasladado bajo custodia policial al nosocomio local, donde recibió atención médica y curaciones, siendo posteriormente dado de alta.</p><p>Finalmente, tras la comunicación con las autoridades judiciales, el Juzgado de Ejecución Penal interviniente avaló el procedimiento y dispuso su inmediata detención, quedando el sujeto a disposición de la Justicia.</p><p>En tanto, continúa la investigación para determinar las circunstancias en las que se produjo la lesión con arma blanca.</p>]]>
                </content>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/YDgF8xn2nSGChPZVjVthQjSWyfk=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://ecosdiarioscdn.eleco.com.ar/media/2026/09/detenido.webp" class="type:primaryImage" /></figure>Pesaba una orden de detención vigente por quebrantamiento de morigeración de pena]]>
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                                                <category term="13" label="Policiales" />
                                <updated>2026-09-02T12:34:05+00:00</updated>
                <published>2026-09-02T12:33:57+00:00</published>
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        <title>
            Abren las inscripciones para las listas de profesionales auxiliares de la Justicia
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://elecos.com.ar/abren-las-inscripciones-para-las-listas-de-profesionales-auxiliares-de-la-justicia" type="text/html" title="Abren las inscripciones para las listas de profesionales auxiliares de la Justicia" />
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                <![CDATA[Ecos Diarios]]>
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                                <content type="html" xml:base="https://elecos.com.ar/abren-las-inscripciones-para-las-listas-de-profesionales-auxiliares-de-la-justicia">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/7x3V04xVIM6UOEfwyagj9s7i4K8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://ecosdiarioscdn.eleco.com.ar/media/2025/11/camara_de_apelaciones_en_lo_civil_y_comercial.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Necochea informó que se abrió la inscripción para integrar las listas de profesionales auxiliares de la Justicia que realizarán designaciones de oficio durante 2027.</p><p>La convocatoria alcanza a quienes quieran desempeñarse ante los órganos jurisdiccionales de los fueros Civil y Comercial, Familia, Contencioso Administrativo y Laboral del Departamento Judicial de Necochea.</p><p>La inscripción estará habilitada desde hoy, 1º de septiembre, y hasta el último día hábil del corriente mes, inclusive. Los interesados deberán realizar el trámite en la sede de sus respectivos Colegios o Consejos Profesionales.</p><p>En aquellos casos en que no exista un órgano de colegiación o asociación reconocida legalmente en el ámbito provincial, o cuando el existente no haya suscripto convenio, la inscripción podrá hacerse de manera presencial ante el Tribunal, ubicado en calle 65 N° 2790, de 8 a 14.</p><p>En todos los casos, deberán cumplirse los requisitos establecidos en los artículos 5 y 6 del Acuerdo 2728 (texto ordenado por Acuerdo 3229) y el Acuerdo 3771.&nbsp;</p><p>&nbsp;</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/7x3V04xVIM6UOEfwyagj9s7i4K8=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://ecosdiarioscdn.eleco.com.ar/media/2025/11/camara_de_apelaciones_en_lo_civil_y_comercial.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>A partir de hoy y hasta el último día hábil de septiembre]]>
                </summary>
                                                <category term="14" label="La ciudad" />
                                <updated>2026-09-01T20:18:10+00:00</updated>
                <published>2026-09-01T20:18:07+00:00</published>
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        <title>
            Femicidio de Antonella Álvarez: el fiscal reveló detalles de la investigación
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://elecos.com.ar/guillermo-sabatini-sobre-el-caso-antonella-alvarez-podemos-decir-que-murio-durante-varios-dias" type="text/html" title="Femicidio de Antonella Álvarez: el fiscal reveló detalles de la investigación" />
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                <![CDATA[Ecos Diarios]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/iaJ7wOgI5Q1g3E2efB5hSIkmk7M=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://ecosdiarioscdn.eleco.com.ar/media/2026/03/guillermo_sabatini.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure><p>Durante una entrevista en el programa “Punto de Vista” de Ecos Radio, el fiscal Guillermo Sabatini se refirió a la investigación por el femicidio de Antonella Álvarez y explicó los elementos que llevaron a solicitar la detención de su pareja, Ricardo Brandi, y del padre de este, Omar Brandi.</p><p>La causa, que en un primer momento había sido vinculada con una muerte natural, avanzó a partir de distintas diligencias y quedó recaratulada como un homicidio agravado en un contexto de violencia de género y por el vínculo. El juez de Garantías hizo lugar al pedido de la Fiscalía y ordenó la detención de ambos acusados.</p><p>Sabatini señaló que, si bien la decisión tomó notoriedad en los últimos días, para quienes llevaban adelante la investigación no significó un cambio repentino.</p><p>“Hubo un sinnúmero de diligencias probatorias que tuvimos que producir. Desde el primer momento hablábamos de que era una causa compleja, que necesitaba tiempo y paciencia para poder avanzar paso a paso y llegar a algún resultado”, sostuvo.</p><p>Una situación de violencia sostenida</p><p>El fiscal explicó que Antonella no falleció como consecuencia de un único hecho de violencia física, sino que la investigación permitió reconstruir una situación sostenida en el tiempo.</p><p>“Antonella murió durante varios días”, afirmó Sabatini, y aclaró que con esa expresión se refería a “una situación de violencia a la cual ella estuvo sometida, un consumo de estupefacientes, una situación de violencia física, verbal, coactiva permanente” que derivó en el desenlace ocurrido el 2 de marzo.</p><p>“Esta conducta, desde el aspecto personal e individual de cada persona, una situación de adicción permanente y problemática, fue coaccionada, potenciada, permitida y sostenida”, explicó.</p><p>En ese marco, Sabatini señaló que Ricardo Brandi está imputado como autor y su padre como partícipe. “Ambos sujetos son responsables en el fallecimiento. Esto es lo que debe quedar claro”, afirmó.</p><p>Los elementos de prueba</p><p>Entre las medidas realizadas durante estos meses, el fiscal mencionó la declaración testimonial de la hija menor de Antonella, realizada bajo protocolos específicos.</p><p>“Fue un elemento muy importante que nos permitió reunir indicios que fueron incorporados a la causa”, explicó.</p><p>Sabatini destacó que la investigación demandó varios meses de trabajo y se desarrolló de manera silenciosa, con la incorporación progresiva de distintos elementos probatorios. “Es un trabajo silencioso día a día”, señaló, y lo comparó con “una especie de rompecabezas que se tira sobre una mesa y hay que ir armando las piezas”.</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/iaJ7wOgI5Q1g3E2efB5hSIkmk7M=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://ecosdiarioscdn.eleco.com.ar/media/2026/03/guillermo_sabatini.jpeg" class="type:primaryImage" /></figure>Guillermo Sabatini habló con Ecos Radio sobre el avance de la causa y los elementos que permitieron ordenar las detenciones]]>
                </summary>
                                                <category term="ecos-radio" label="Ecos Radio" />
                                <updated>2026-09-01T15:12:19+00:00</updated>
                <published>2026-09-01T11:30:14+00:00</published>
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        <title>
            Juicio por jurados: “Quien decide la inocencia o no de una persona son 12 ciudadanos”
        </title>
        <link rel="alternate" href="https://elecos.com.ar/walter-pierrestegui-quedan-muy-conformes-con-la-experiencia-de-ser-jurados-en-un-juicio" type="text/html" title="Juicio por jurados: “Quien decide la inocencia o no de una persona son 12 ciudadanos”" />
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                <![CDATA[Ecos Diarios]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/YXpGzWwbtPyYW6epV6Tqp6c5JiA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://ecosdiarioscdn.eleco.com.ar/media/2026/08/walter_pierrestegui.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>El fiscal Walter Pierrestegui, uno de los funcionarios que intervienen en la temática de violencia de género e integridad sexual de las personas, pasó por Punto de Vista de Ecos Radio y se refirió al reciente juicio por jurados en el que 12 ciudadanos emitieron un veredicto unánime de culpabilidad contra un hombre acusado de abuso sexual.</p><p>El caso ocurrió entre junio y diciembre de 2023 en un establecimiento rural ubicado en cercanías del paraje Energía y tuvo como víctima a una menor de edad. Según la acusación fiscal, los hechos se habrían registrado tanto en el interior de la vivienda como en el exterior.</p><p>Un juicio de dos jornadas</p><p>Pierrestegui explicó que, a diferencia de otros juicios por jurados, en esta oportunidad el debate se extendió durante dos jornadas debido a la cantidad de testigos. “Fue una buena experiencia, además la gente y el jurado se quedaron muy conformes con toda la labor que se hizo”, señaló.</p><p>El fiscal destacó además el rol que cumplen los ciudadanos convocados para integrar estos tribunales. Explicó que son seleccionados por sorteo a partir del padrón electoral y deben tener entre 21 y 75 años. La ley establece, a su vez, determinadas incompatibilidades para integrar un jurado, entre ellas ser abogado, pertenecer a una fuerza de seguridad o desempeñarse en actividades vinculadas al culto.</p><p>“Quien decide la inocencia o no de una persona, son 12 ciudadanos que tienen esa responsabilidad”, sostuvo Pierrestegui. La pena, en caso de corresponder, es determinada posteriormente por la jueza técnica.</p><p>Según relató, los ciudadanos suelen atravesar un cambio de actitud durante el proceso. “En un primer momento, se los llama para ser jurados, pero no saben bien por qué están ahí”, explicó. Sin embargo, indicó que luego muchos terminan conformes con la experiencia y con el conocimiento adquirido sobre el funcionamiento de la Justicia.</p><p>También se refirió al momento de la deliberación. Los 12 jurados titulares se reúnen en una sala separada, mientras que los suplentes son relevados de su obligación. “Los jurados suplentes siempre se quedan a ver cuál fue la decisión de los jurados titulares”, contó.</p><p>Las vacantes en el fuero penal</p><p>Durante la entrevista, Pierrestegui también habló sobre las demoras en las causas judiciales debido a la falta de magistrados. En ese sentido, explicó que el juicio por jurados realizado días atrás no estaba originalmente asignado a la jueza Luciana Irigoyen Testa y que se venía demorando por esa situación.</p><p>“Dijo: ‘Esto se tiene que resolver’. Y, a pesar de no ser un juicio de ella, lo terminó haciendo”, relató el fiscal.</p>]]>
                </content>
                                                <summary type="html">
                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/YXpGzWwbtPyYW6epV6Tqp6c5JiA=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://ecosdiarioscdn.eleco.com.ar/media/2026/08/walter_pierrestegui.webp" class="type:primaryImage" /></figure>En Ecos Radio, el fiscal Walter Pierrestegui explicó cómo funciona el juicio por jurados, el rol de los ciudadanos y la experiencia del reciente proceso realizado en Necochea]]>
                </summary>
                                                <category term="ecos-radio" label="Ecos Radio" />
                                <updated>2026-08-28T17:32:45+00:00</updated>
                <published>2026-08-28T12:57:24+00:00</published>
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            Es ley el proyecto de Abad para ampliar la Cámara Federal de Mar del Plata
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        <link rel="alternate" href="https://elecos.com.ar/es-ley-el-proyecto-de-abad-para-ampliar-la-camara-federal-de-mar-del-plata" type="text/html" title="Es ley el proyecto de Abad para ampliar la Cámara Federal de Mar del Plata" />
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                <![CDATA[Ecos Diarios]]>
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        </author>
        
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/127yyV0hfzEcNKbJCvOqbhiI7iE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://ecosdiarioscdn.eleco.com.ar/media/2026/08/maximiliano_abad.webp" class="type:primaryImage" /></figure><p>El proyecto presentado por el Senador Nacional por la provincia de Buenos Aires, Maximiliano Abad que propone la creación de una nueva Sala en la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata se convirtió anoche en ley, tras ser aprobada en la Cámara de Diputados de la Nación, previamente fue tratada y aprobada por unanimidad en el Senado.</p><p>La Sala tendrá nuevos jueces y estructura propia. La iniciativa busca dar respuesta al crecimiento sostenido de causas en una de las jurisdicciones más extensas y complejas del país.</p><p>El Senador explicó la importancia de la ley y enfatizó que gran parte de las causas que llegan a la Cámara están vinculadas a temas previsionales y de salud. “Se trata de jubilados que esperan un reajuste y de pacientes que reclaman cobertura para tratamientos médicos. Son miles de personas que necesitan respuestas más rápidas y eficaces. Una buena administración de Justicia exige una Justicia eficaz. Y una Justicia es eficaz cuando además de ser justa, es rápida y da las respuestas en tiempo oportuno”, señaló y agregó “por eso hoy destaco la importancia de la aprobación de la ley.</p><p>Además, Abad destacó la importancia de la ley para todos los habitantes de General Pueyrredón porque "con esta ampliación, vamos a tener más jueces, procesos más rápidos y una Justicia más cerca de la gente”, y agregó: “Trabajamos mucho para que esto sea realidad. Un paso clave para Mar del Plata y Batan”</p><p>Actualmente, la Cámara Federal de Mar del Plata concentra apelaciones de ocho juzgados federales y tiene jurisdicción sobre cerca del 40% del territorio bonaerense. Mientras que en sus primeros años de funcionamiento recibía alrededor de 700 expedientes anuales, en 2025 esa cifra alcanzó los 8.900 casos, un crecimiento superior al 1100%. Además, durante los últimos 18 años funcionó con apenas dos magistrados.</p><p>Recordemos que la necesidad de ampliación fue reconocida institucionalmente por las autoridades políticas de la Nación, la Provincia de Buenos Aires y la propia Municipalidad en las distintas ocasiones que se pretendió su ampliación frente al significativo incremento de la judicialización de diversas temáticas atinentes a la Justicia Federal. El presidente de la Cámara Federal de Mar del Plata, Alejandro Tazza, advirtió, durante el tratamiento del proyecto en el Senado de La Nación, sobre la situación crítica que atraviesa el tribunal. “Vivimos una cruda realidad. Estamos a un paso del colapso”, sostuvo entonces el magistrado al describir el incremento sostenido de expedientes y la complejidad creciente de las materias que atiende la Cámara.</p><p>El panorama actual de la Cámara se complejiza no solo por el crecimiento poblacional de la ciudad y localidades de la jurisdicción de la Cámara que se extiende sobre un 37 por ciento del territorio de la Provincia de Buenos Aires, sino por la diversidad de materias sometidas a su conocimiento que abarcan tanto aspectos penales, como civiles y comerciales, laborales, previsionales y de salud, además de la gestión administrativa interna de recursos humanos y de manejo financiero de dicho órgano judicial y los juzgados a su cargo.</p><p>“Esta ley permitirá descongestionar un tribunal que cubre una enorme extensión territorial y que hoy trabaja al límite de su capacidad”, remarcó Abad.</p>]]>
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                    <![CDATA[<figure><img src="https://cdnartic.ar/127yyV0hfzEcNKbJCvOqbhiI7iE=/800x0/filters:no_upscale():format(webp):quality(40)/https://ecosdiarioscdn.eleco.com.ar/media/2026/08/maximiliano_abad.webp" class="type:primaryImage" /></figure>La iniciativa crea una nueva Sala con jueces y estructura propia para fortalecer el servicio de justicia en una jurisdicción que abarca cerca del 40% del territorio bonaerense]]>
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                                                <category term="nacionales" label="Nacionales" />
                                <updated>2026-08-27T12:48:27+00:00</updated>
                <published>2026-08-27T12:48:24+00:00</published>
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